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Sector agrario

Software de gestión para el sector agrario

En el campo la facturación tiene reglas propias: compensación del REAGP en lugar de IVA, recibos o facturas según la operación, posibles retenciones de IRPF y campañas que concentran la actividad en pocas semanas. Y una parte que casi nadie explica bien: si estás en el régimen especial, en general no estás obligado a VeriFactu. Aquí está cuándo sí y cuándo no.

Revisión editorial de Verintia · 21/09/2026
Escena de trabajo para explotaciones agrícolas, ganaderas y cooperativas
El problema real

Lo que el software genérico resuelve mal en explotaciones agrícolas, ganaderas y cooperativas

Compensación REAGP, no IVA

En el régimen especial no repercutes IVA: el comprador te abona una compensación sobre el precio de venta. Un programa genérico te obliga a falsear un tipo de IVA para cuadrarlo.

Recibos, facturas y series según la operación

En el REAGP muchas entregas se documentan con un recibo agrícola emitido por el comprador. Cuando existe obligación de factura, hay que aplicar las menciones y series que correspondan, separadas del resto de la facturación.

Campañas, no meses regulares

Toda la facturación se concentra en la campaña. Necesitas emitir rápido y en volumen en unas semanas, y el resto del año casi nada.

Jornaleros y personal de temporada

Contrataciones cortas y en campo, con el registro de jornada del RDL 8/2019 aplicándose igual que en cualquier otro sector.

Normativa aplicable

Qué te obliga la ley en sector agrario

Resumen de la normativa que afecta a esta actividad. No sustituye al criterio de tu asesoría.

Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca (REAGP)

La compensación es el 12% del precio de venta en productos agrícolas o forestales y el 10,5% en ganaderos o pesqueros. En general, el régimen especial no presenta las autoliquidaciones periódicas propias del régimen general, aunque existen operaciones y obligaciones específicas. La documentación puede ser un recibo agrícola o una factura según el caso.

Fuente oficial ↗
RD 1007/2023 (VeriFactu) — cuándo aplica en el campoCuando aplica: sociedades 01/01/2027 · resto 01/07/2027

Los acogidos al REAGP están en general fuera de la obligación cuando no tienen que expedir factura completa ni simplificada. Si por una operación sí deben facturar, o utilizan un sistema informático para operaciones que entran en el ámbito, deben revisar la adaptación exigible. Las explotaciones en régimen general y otras entidades obligadas a facturar pueden quedar dentro.

Fuente oficial ↗
RDL 8/2019 (registro de jornada)

Se aplica también al personal de temporada. Registro diario por persona, conservado cuatro años y a disposición de la Inspección de Trabajo.

Fuente oficial ↗
Módulos recomendados

Lo que necesitas de Verintia en este sector

Verifactu

Emite facturas verificables, encadena cada registro y remite cada registro a la AEAT de forma automática en modalidad VERI*FACTU.

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Control Horario

Fichajes por móvil, QR o web, informes claros y control de turnos, pausas y ausencias, con geoperímetro opcional por centro u obra cuando la operativa lo necesita.

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Cómo funciona

Cómo queda la facturación de una explotación

  1. 01

    Configuras el régimen

    Indicas si operas en REAGP o en régimen general. El tipo de documento, las menciones y las series se ajustan a la operación configurada.

  2. 02

    Documentas la campaña

    Generas el recibo o la factura que corresponda, con compensación del 12% o del 10,5% según el producto, o con IVA si estás en régimen general.

  3. 03

    Fichas al personal

    Los jornaleros registran su jornada desde el móvil, también en campo y sin cobertura estable.

  4. 04

    Revisas con tu asesoría

    La información de ventas, compras, retenciones y modelos queda centralizada para que tu asesoría la revise con el contexto correcto.

Preguntas frecuentes

Dudas de explotaciones agrícolas, ganaderas y cooperativas

¿Un agricultor en el régimen especial está obligado a VeriFactu?

En general, no cuando no está obligado a expedir factura completa ni simplificada. Si una operación sí exige factura, o el sistema se utiliza en una operación incluida en el ámbito del RD 1007/2023, hay que revisar la adaptación. Si la explotación tributa en régimen general, también debe comprobar su situación concreta.

¿Qué porcentaje de compensación se aplica?

El 12% del precio de venta en productos obtenidos en explotaciones agrícolas o forestales, y el 10,5% en productos ganaderos o pesqueros. No es IVA repercutido: es una compensación que te abona el comprador.

¿Puedo llevar facturación del régimen especial y del general a la vez?

Sí, pero el documento no siempre es una factura. En muchas entregas el comprador emite un recibo agrícola; cuando existe obligación de factura, la serie y las menciones se configuran según la operación. Puedes gestionar ambos circuitos desde la misma plataforma.

¿El registro de jornada se aplica a los jornaleros de campaña?

Sí. El RDL 8/2019 no distingue por duración del contrato ni por sector. Cada persona trabajadora debe tener registro diario de jornada, conservado cuatro años y disponible para la Inspección de Trabajo.

¿Funciona el fichaje en una finca sin cobertura?

El fichaje móvil registra en local y sincroniza cuando el dispositivo recupera conexión, así que el operario no se queda sin poder fichar por estar en una parcela sin señal.