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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre Verintia

Las dudas que más nos plantean autónomos, pymes y asesorías antes y después de contratar, agrupadas por tema. Si la tuya no está, pregúntanos.

Última actualización · 25/09/2026

Contratación, migración y datos

¿Puedo empezar por un solo módulo y añadir más después?

Sí. Cada módulo funciona por separado: puedes empezar con Facturación, añadir Fichaje cuando contrates, e incorporar Firma+RGPD el día que abras la clínica. Todos comparten usuario, clientes y soporte.

¿Hay permanencia o compromiso mínimo?

Ninguna. Puedes cancelar cuando quieras desde el propio panel, o pausar tu plan si cambias de actividad. Consúltanos para conocer las condiciones adaptadas a tu negocio.

¿Migráis mis facturas desde otro programa?

Sí, importamos desde SAP B1, Holded, Quipu, FacturaDirecta, A3 y CSV estándar. Un técnico te acompaña en la migración los primeros 15 días, sin coste. En nuestras comparativas explicamos el proceso programa por programa.

¿Cómo se protegen mis datos?

Aplicamos controles de acceso y cifrado en tránsito y en reposo. El contrato y el acuerdo de tratamiento concretan el alojamiento, los subencargados, los plazos de conservación y las responsabilidades RGPD: normalmente tú actúas como responsable y Verintia como encargado cuando tratamos datos por tu cuenta.

Facturación y VeriFactu

¿Qué es exactamente VeriFactu y por qué lo necesito?

VeriFactu es la modalidad de cumplimiento en la que los registros de facturación se remiten a la AEAT. Los sistemas informáticos de facturación también pueden operar en una modalidad no VERI*FACTU, con conservación, integridad y trazabilidad reforzadas. La AEAT ha ampliado los plazos: sociedades antes del 1 de enero de 2027 y el resto de obligados antes del 1 de julio de 2027. Verintia trabaja en modalidad VERI*FACTU: remite cada registro a la AEAT de forma automática.

¿Cuándo necesito adaptar mi facturación a Verifactu?

Tras el Real Decreto-ley 15/2025, las sociedades deben tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados, incluidos autónomos, antes del 1 de julio de 2027. Verintia está preparado para que puedas adaptarte antes de la fecha límite.

¿Tengo que enviar las facturas manualmente?

No. Verintia trabaja en modalidad VERI*FACTU y remite cada registro de facturación a la AEAT en segundo plano. Solo necesitas cargar una vez tu certificado electrónico.

¿Es un software homologado por la AEAT?

La AEAT no homologa ni certifica programas de facturación. Según el art. 13 del RD 1007/2023, cada fabricante certifica su sistema con una declaración responsable incluida en el propio producto. Verintia está adaptado al RD 1007/2023 y puedes pedirnos la declaración responsable de tu versión.

¿Puedo trabajar con mi asesor?

Sí. Puedes darle acceso para revisar facturas, modelos e informes sin intercambiar archivos.

¿Cómo compruebo que mi programa cumple VeriFactu?

Pide al proveedor la declaración responsable de la versión que usas, comprueba que las facturas llevan QR y que el programa no permite borrar ni renumerar facturas emitidas. Lo detallamos en ¿Existe el software homologado VeriFactu?.

¿Estoy obligado si estoy en recargo de equivalencia?

Con carácter general no, porque en ese régimen no hay obligación de expedir factura salvo excepciones (por ejemplo, cuando el cliente es empresario o profesional). Si en esas operaciones facturas con un programa, sí debe cumplir el reglamento. Lo detallamos en la página de comercio y retail.

Más información en la página de Verifactu.

TPV

¿El TPV funciona sin internet?

Sí. Puede registrar ventas offline y sincronizar cuando vuelve la conexión.

¿Necesito hardware propio?

Puedes usar tablet u ordenador compatible y añadir impresora, lector o cajón si tu negocio lo necesita.

¿Los tickets cumplen VeriFactu?

Los tickets simplificados emitidos por un sistema informático de facturación deben generar el registro y el QR que corresponda. Verintia trabaja en modalidad VERI*FACTU: cada ticket genera su registro y el TPV lo remite a la AEAT automáticamente.

Más información en la página de TPV.

Control horario y registro de jornada

¿El fichaje sirve para mi equipo en movilidad?

Exactamente para eso. Tus empleados pueden fichar desde el móvil, por QR, PIN o web; la ubicación puede activarse de forma opcional cuando la operativa lo justifica. El sistema mantiene un historial auditable, pero el RDL 8/2019 exige sobre todo registrar inicio y fin de jornada y conservar los datos durante cuatro años.

¿Es obligatorio el control horario?

Sí. Las empresas con trabajadores deben registrar la jornada diaria y conservarla durante cuatro años.

¿Puede ficharse en remoto?

Sí. El fichaje puede hacerse desde móvil o web, con ubicación opcional si la empresa lo activa.

¿Qué es un geoperímetro en el control horario?

Una zona virtual alrededor de un centro de trabajo u obra. Al fichar desde el móvil se comprueba si la persona está dentro del perímetro en ese momento, sin seguirla durante la jornada. Antes de activarlo hay que informar a la plantilla de forma expresa, clara e inequívoca, como exige el art. 90 de la LOPDGDD.

¿Los registros se pueden corregir?

Sí, con correcciones justificadas que no borran el histórico original.

¿Qué revisa la Inspección de Trabajo?

Que existe un registro diario con la hora de inicio y fin de cada persona, que refleja la jornada real, que está disponible y que se conserva cuatro años. No llevarlo es una infracción grave, con multas de 751 a 7.500 euros.

¿Cómo funciona el fichaje con geoperímetro?

La ubicación se toma solo al fichar y se compara con la zona del centro u obra. Explicamos cuándo es proporcional y qué exige el art. 90 de la LOPDGDD en qué es un geoperímetro.

¿Qué multa hay por no llevar el registro de jornada?

Es una infracción grave del art. 7.5 de la LISOS, sancionada con multas de 751 a 7.500 euros según su graduación. Lo explicamos en la guía de registro de jornada.

Más información en la página de Control Horario.

Firma electrónica

¿Qué tipo de firma electrónica usa Verintia?

Firma electrónica simple con un paquete de evidencias (identidad, IP, hash SHA-256, sello de tiempo y audit trail). eIDAS no permite rechazarla únicamente por ser electrónica, pero no es una firma cualificada ni equivale automáticamente a una firma manuscrita.

¿El firmante necesita instalar algo?

No. Firma desde el navegador del móvil, tablet u ordenador. En modo presencial, la tablet del mostrador ya tiene sesión y solo introduce sus datos.

¿Cómo verificáis la identidad?

Con OTP por email opcional (código de 6 dígitos, caduca a 10 minutos), DNI/NIE, IP y user agent. Si el firmante es menor, se exige firma del tutor automáticamente.

Más información en la página de Firma Electrónica.